La Agenda Digital Argentina, así como la reciente protesta de la CESSI en relación a la compra de computadoras que está por realizar el Ministerio de Educación, dispararon una vez más la discusión sobre la tan mentada 'neutralidad tecnológica'. Ocurre que este es el concepto en el que se ampara la industria del software privativo para frenar toda política pública que de algún modo favorezca la implementación de Software Libre en la Administración Pública Nacional.
La CESSI se ampara en el concepto de Neutralidad Tecnológica para tratar de impedir cualquier política pública que de prioridad a una tecnología en particular, y tiene razón. En Vía Libre estamos de acuerdo en que el Estado no debe imponer a sus ciudadanos ninguna tecnología en particular y debe garantizar la libertad de los ciudadanos usuarios de computadoras de elegir a través de qué programas y de qué proveedores de estos programas se relaciona con la administración pública. Cualquier violación de este principio que, por ejemplo, obligue a la ciudadanía a utilizar un determinado navegador web (sólo por citar un caso común) para relacionarse con la administración del Estado o acceder a información pública es una violación del principio de la neutralidad tecnológica.
Llama la atención, como mínimo, que la CESSI no proteste de igual manera frente a los recurrentes casos en los que la administración pública obliga a la ciudadanía, las Pymes y las organizaciones locales a usar productos de Microsoft para acceder a información o realizar trámites. Sin embargo, siempre están al pie del cañón a la hora de fustigar las políticas a favor de Software Libre y Estándares Abiertos.
La diferencia es de concepto
La diferencia está en ese concepto en disputa, el concepto de Neutralidad Tecnológica. Mientras la CESSI se ampara en ella para evitar políticas públicas que promuevan el software libre confundiendo los conceptos de licenciamiento con tecnologías, desde Vía Libre entendemos que la Neutralidad Tecnológica debe ser un principio esencial para garantizar la igualdad ante la ley de todos y cada uno de los ciudadanos.
El Estado no puede forzar el uso de un software específico a la ciudadanía, y mucho menos ponerlos en desigualdad de trato por el sistema operativo o las aplicaciones que elijan usar. Para esto, una política muy clara de Neutralidad Tecnológica es el uso de Estándares Abiertos (a lo cual la CESSI también se opone).
El año pasado, mientras los asesores de la Comisión de Comunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados de la Nación analizaban el proyecto de Ley de Licenciamiento de Software para la Administración Pública, una iniciativa que cuenta con la firma del Diputado Macaluse entre otros, la CESSI llegó para fijar su posición en contra aludiendo una vez más a la mentada Neutralidad Tecnológica.
Lo que la CESSI parece desconocer es que fijar políticas de licenciamiento de software para la Administración Pública no es imponer una tecnología o un sistema operativo sobre otro, sino, simplemente, fijar términos de compra de lo que el Estado necesita para cumplir la ley y respetar la libertad de los ciudadanos.
En el documento que presentamos desde Vía Libre sobre Agenda Digital Argentina, decimos que "la neutralidad tecnológica debe ser entendida como la construcción de políticas que impidan al Estado quedar atrapado en manos de una cierta tecnología o proveedor en particular, y/o que el Estado imponga una cierta tecnología o proveedor en particular a sus ciudadanos."
Hoy día, muchas reparticiones del Estado no cumplen este principio, que sería fácilmente abordable con una política firme de utilización de Estándares Abiertos.
El licenciamiento no es tecnología
La otra cuestión que aparece en esta discusión tiene que ver justamente con la idea de que si proponemos Software Libre para la Administración Pública, violamos este principio. La respuesta es bastante simple: Toda vez que el Estado realiza compras, es el mismo Estado, a través de las condiciones fijadas en la licitación el que fija las condiciones de compra. Luego, cada oferente que cumpla estas condiciones puede presentarse y competir (esto, en el mundo ideal del 'deber ser', por supuesto).
En el caso del Software, pareciera que vivimos en el reino del revés. Las empresas son las que fijan las características y los términos de lo que debe comprar el Estado, o al menos esto pretenden hacer algunas de ellas. Cuestiones que serían inadmisibles en cualquier otro campo, tales como la prohibición de estudiar lo que se compra, analizar cómo funciona, o reutilizarlo según la necesidad del Estado, se prohiben sistemáticamente en el campo de las aplicaciones informáticas.
Las condiciones de licenciamiento de un programa son, justamente, los términos bajo los cuales el Estado podrá utilizarlo. Cae de maduro que el Estado debe, cuanto menos, exigir a sus proveedores que los productos que ofrecen sean transparentes y estudiables, auditables, que se puedan reutilizar y modificar según las necesidades del Estado.
Cuando el Estado dice que sus condiciones de compra se basan en que los programas se puedan auditar, instalar en cuantas máquinas sea necesario, compartir con otras reparticiones, adaptar a sus propias necesidades, simplemente está fijando políticas de licenciamiento sin imponer tecnología alguna.
Nada de estos términos viola la Neutralidad Tecnológica, porque la cuestión en juego es jurídica, no técnica.
Los términos de licenciamiento de un programa son un marco legal, no tecnológico, en el cual el Estado bien puede y debe tomar posición, en respeto del poder delegado por la ciudadanía en él y justamente, para no quedar atado, cautivo y a merced, de tecnología o empresa alguna.
Publicado por Beatriz Busaniche el Miércoles 8 de Julio de 2009
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