Corte Suprema rechaza recursos sobre banda para 4G

De esta forma se zanjó la única arista que podía entorpecer la introducción de los servicios de banda ancha móvil de alta capacidad en Chile

El 30 de enero de 2013, la Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema zanjó definitivamente la única arista que podía entorpecer la introducción en nuestro país de los servicios de Internet Móvil de 4G, banda ancha móvil de alta capacidad, que se adjudicaron las empresas Claro, Movistar y Entel.

Se trata de una antigua disputa entre la empresa permisionaria de televisión Cristián Mosso y Cía. Ltda. y Subtel, producto del despeje que realizó dicha repartición publica el año 2005. La modificación implementada dicho año, consistió en la dictación de una norma técnica que reordenó el espectro a fin de permitir el futuro desarrollo de los servicios de 4G.

Mosso y Cia Ldta demandó al Fisco, solicitando la nulidad de derecho público de la transferencia de los mismos, pese a que éstos se encontraban ya extintos por su propia inacción, en un intento de mantener un fragmento de espectro en el nuevo contexto del cambio normativo que destinaba la banda a los servicios de 4G.

La historia

Si bien el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, junto con la Subtel, siempre defendieron con éxito en todas las instancias tanto su actuación en relación al cambio normativo realizado a través de Resolución Exenta N° 479 de 2005, el juicio con Mosso, con una sentencia de la Iltma. Corte de Apelaciones que fue parcialmente desfavorable para el Estado, se constituyó en un factor de incertidumbre durante la celebración del concurso público para el otorgamiento de concesiones de servicio público de 4G en la banda 2,6 GHz.

En definitiva, queda completamente despejado con la decisión de la Corte Suprema que, acogiendo el recurso de casación en el fondo deducido por el Consejo de Defensa del Estado y rechazando el propio de Mosso, concluye que la Subsecretaría de Telecomunicaciones no incurrió en la falta de servicio que le imputa la demandante, pues tiene las facultades legales, no infringió la legalidad vigente, ni violentó garantías.

Queda así definitivamente cerrada la disputa y aclarando toda duda sobre el espectro hoy destinado a los servicios 4G, actualmente en despliegue para satisfacer las necesidades de nuevos servicios de telecomunicaciones para todo el país.


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