Reglamentaron la Ley de acceso a la Web de personas con discapacidad

Todo desarrollo de software o hardware adquirido por el Estado Nacional deberá contemplar los requisitos establecidos por la ONTI

Hoy se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 26.653 de Accesibilidad de la Información en las Páginas Web, que reconoce la necesidad de facilitar el acceso a los contenidos de las páginas Web a todas las personas con discapacidad, con el objeto de garantizarles la igualdad real de oportunidades y trato, evitando así todo tipo de discriminación.

La Ley establece que todo desarrollo de software o hardware adquirido por el Estado Nacional deberá contemplar los requisitos técnicos establecidos por la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información.

En los considerandos del Decreto 355/2013 publicado hoy en el Boletín Oficial, se expresa que "dicho reconocimiento constituye un elemento esencial para garantizar el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida, la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas, en igualdad de condiciones mediante cualquier forma de comunicación".

Además, hace referencia al artículo 1° de los Lineamientos Estratégicos para la Puesta en Marcha del Plan Nacional de Gobierno Electrónico, ya que la norma aprobada y reglamentada resulta un aporte al impulso del uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) por parte del Estado Nacional para mejorar la relación del Gobierno con los habitantes y ciudadanos.


Más información: www.boletinoficial.gov.ar.