Los importadores serán parte del régimen de Factura Electrónica
7 de Diciembre de 2010Podrán ingresar al nuevo sistema hasta el 1 de enero de manera optativa. A partir del 1 de abril la adhesión al sistema será obligatorio. Los comerciantes deben emitir comprobantes electrónicos por la totalidad de las operaciones de ventas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que los importadores argentinos podrán ingresar al régimen de Factura Electrónica a partir de 2011. Hasta el 1 de enero será optativo, a partir del 1 de abril el régimen será obligatorio.
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, señaló que buscan facilitar la vida de los contribuyentes y controlar a su vez la transparencia de los actores comerciales que también se comprometen más con la gestión. "Tenemos más de 18 mil registros de importadores activos y la implementación de la Factura Electrónica en este sector nos abre una ventana de trabajo con el mundo muy importante", agregó el funcionario.
El nuevo sistema alcanza a los Responsables Inscriptos en el IVA que se encuentren incluidos en los Registros Especiales Aduaneros y realizan importaciones de bienes. Con este sistema los comerciante deberán emitir comprobantes electrónicos por la totalidad de las operaciones de ventas realizadas en el mercado interno, así se trate de facturas, notas de débito y crédito clase A y B.
El presidente de la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA), Diego Pérez Santisteban, mostró su satisfacción por el anuncio y aseguró que para el sector privado es un proyecto central. "Durante muchos años trabajamos para que se pueda avanzar hacia una aduana sin papeles y hacia una automatización cada vez mayor del comercio exterior. Indudablemente, esta medida va en ese camino", expresó.
Para poder llevar adelante este proyecto, la AFIP avanzó firmemente desde 2008 en la implementación del régimen incorporando diversos sectores en forma gradual y escalonada. Durante 2010 la incorporación más relevante, fue la del sector exportador.
Más información: www.afip.gov.ar.











