Si hay algo sobre lo que muchos han hablado, y de cuyos resultados la gran mayoría podemos estar de acuerdo que han sido absolutamente beneficiosos, es la promoción que ha tenido la industria del software en Argentina.
Pero como es costumbre en nuestro país, nos empeñamos en revisar todo lo bueno para complicarlo un poco, no sea cosa que las cosas vayan bien por mucho tiempo.
Veamos...
El régimen de promoción que estableció la ley nacional 25.922 del año 2004, brindó dos grandes oportunidades para nuestro país.
La primera, fue generada por el impulso que recibieron cientos de empresas pymes Argentinas, que desde entonces no han parado de crecer, aumentando sus exportaciones, consolidándose en varios mercados, y cambiando la matriz económica de manera de ser generadoras reales de divisas para el país (ver: "El Software produjo más divisas que el Turismo en los últimos años"). Esto ha generado (y lo hará aún por cuatro años más), un elevado beneficio para la economía en su conjunto (del orden de los 9 mil millones de pesos); y para el fisco en particular (2,7 miles de millones de nuevos ingresos por impuestos), considerando que la masa total de empleados en el sector se ha triplicado. (ver: “a cinco años de la aprobación de la ley de software”). Mientras que el costo fiscal para hacer esto, no llega ni al 10% de los beneficios generados. Ergo, pura ganancia.
La segunda oportunidad, fue producida por la positiva respuesta que generó el hecho que el estado promueva leyes de políticas activas para el sector tecnológico. Esto trajo aparejado muchas inversiones de empresas internacionales, y más oportunidades para las existentes en los mercados internacionales. Al menos 2 mil millones fueron invertidos en los últimos cinco años por las empresas para crear centros de desarrollo de software o servicios. (ver: “Mas de 2.000 millones de inversión en software y servicios informáticos”). Ergo II, más ganancia.
Y entonces, si tenemos un régimen que dio tan buenos resultados, ¿cuál podría ser el motivo para alterarlo significativamente y complicarlo?
La resolución 177/10 del Ministerio de Industria y Turismo de la Nación, aprobada hace pocos días, establece un mecanismo de auditoría específico para este régimen, -lo cual está muy bien porque todo régimen de promoción requiere un contralor adecuado-. Pero este nuevo régimen de auditoría se costea sobre la base de “cobrar” a los beneficiarios el 7% del beneficio que los legisladores sancionaron y el estado aprobó. Y de manera retroactiva.
Después de seis años de vigencia de esta ley, ¿hay razones de peso que haga que el estado decida dar marcha atrás con parte de una iniciativa que todos los bloques auspiciaron y tan buenos resultados dio?. Vivimos en un país donde no faltan lo vivos que aprovechan oportunidades para recibir beneficios indebidos, pero en líneas generales, no parece ser el caso de las empresas beneficiarias de esta ley, al menos no genéricamente.
¿Hay resultados de auditorías previas –hasta donde sé, habían sido contratadas originalmente cinco por año-, que muestren que hay muchos casos de inconsistencias y eso justifica semejante esfuerzo y erogación?. Parecería lógico efectuar estas auditorías de manera incremental, es decir, si aparece una en cinco, tomar más casos al azar, y si aún se reiteran los casos, aumentar la cantidad de las mismas de manera proporcional. ¿Por qué entonces una suma fija que la paguen todos, buenos y malos (si los hay)?.
¿Cuál es el motivo que lleva a calcular en el 7% de los beneficios, el monto a cobrar para efectuar tamaña auditoria? (para esclarecimiento del lector, debo decir que si bien no poseo información del costo fiscal de esta ley para el presente año, asumo que ese 7% debe equivaler a no menos de 12millones de pesos para contralar a quienes de ahora en mas sean auditados). ¿Hubo un caso, dos, tres, diez…?.
Si juzgamos por el anexo a la resolución, que establece que a la Universidad de Buenos Aires, por contratación directa le pagarán $38.000 y algo más por otros conceptos, tomemos $50.000, por cada auditoria, parecería indicar que se auditarán unas 240 empresas…o sea, la totalidad de las aprobadas. ¿Eso es auditoria o inspección masiva?. ¿Hay motivos fundados que justifiquen tamaño esfuerzo de inspección?.
Yo personalmente conozco a muchas de las empresas, algunas de manera directa (aunque nunca haya sido beneficiario de este régimen), y honestamente no observo que hayan usado los beneficios de manera que no sea la lógica para sustentar el crecimiento y la marcha de sus negocios, por lo que puedo acreditar que la gran mayoría de estas empresas, son sanas, dan empleo y han usado el beneficio para lo que fue creado. Y no se trata aquí de justificar que no sean revisadas las declaraciones juradas de las empresas, si no de considerar el auténtico valor de las mismas, porque al ser juradas, implica un compromiso por quien las firma. Bien se puede establecer un régimen de auditorías rotativas a parte de los beneficiarios y en caso de hallarse anomalías, proceder a tomar masa cantidad de empresas para la prueba. Y para eso destinar el monto de las multas y transferir las costas a los infractores, pero…¿por qué alguien que tiene sus papeles al día y que cumple con sus compromisos, tiene que solventar con tamaña erogación el contralor?.
Y ni hablar, del impacto que esto generará en las empresas. Si hasta ahora teníamos un régimen de promoción que venía dado sus frutos, mucho me temo que esto se revierta. Corrientemente las empresas están recibiendo el embate de varios frentes: crisis en los mercados europeos, reducción de contratos internacionales, salarios incrementándose por efectos un aumento de precios y servicios inflacionados. Solo por mencionar solo algunos.
Ya no es posible tener los valores bajos de hace unos años, sino se pelea en muchos casos con tarifas horarias similares a empresas de los países de destino. Puede verse -de manera significativa- que ya no hay tanta demanda de recursos humanos como hace un tiempo. O mejor dicho, sigue habiendo empleo, pero menos presión sobre el empleo nuevo.
Por otro lado, las empresas han tenido que hacer grandes esfuerzos para calificar en las normas de aseguramiento de calidad que la ley les impuso luego del tercer año, y un mecanismo de presentación y actualización extremadamente burocrático, lo cual hace que las más pequeñas hayan desistido porque el esfuerzo no se compensa con la promoción. Además, un proyecto de ley girado por el ejecutivo a inicios de este año, para corregir errores evidentes de la ley original, duerme el sueño de los justos en un congreso semi-paralizado. Entre esas correcciones se encuentran cosas tan relevantes, como que el beneficio alcance a aquellos que solo exportan, y que por su condición de iva, reciben un crédito fiscal imposible de utilizar.
En este marco, y cuando las empresas (que gozan de estabilidad conferida por esta misma ley) tienen sus estructuras de costos ya armadas y los presupuestos o contratos en las manos de sus clientes, de golpe le cambian la ecuación, y peor aún, de manera retroactiva. ¿Puede alguien razonablemente explicar tamaño cambio de las reglas de juego de manera inmediata?. Y no se trata aquí de reclamar porque se reduce un beneficio que el estado otorgó genuinamente. Si no por el cambio en las reglas de juego de manera significativa, cuando no parecería haber (al menos de manera significativa o publicas) razones para reclamar un importe tan relevante. Al fin, podría darse que el control sea mayor que el beneficio y por ende desnaturalizarse totalmente.
De la lectura del texto de la resolución y charlas informales con profesionales del derecho, parecería surgir que hay razones de peso, para pensar que la resolución podría ser objetada legalmente por las empresas. No me consta que se hayan producido acciones legales a la fecha, pero hay un clima de marcada desazón entre ellas por esta decisión.
En suma, un régimen que anda y cuyos resultados concretos los podemos ver. Que hay decenas de estudios económicos y artículos periodísticos que han analizado el fenómeno calificándolo como muy positivo. Que produjo resultados tangibles aún en temas que no están contemplados específicamente (como las inversiones). Que podría ser mejorado, en caso de prosperar el proyecto que se encuentra en diputados. Que ha sido reiteradamente mencionado por la Sra. Presidenta de la Nación y funcionarios públicos, como una de las mejores acciones del gobierno. ¿A este régimen es al que le caen con tamaña erogación para controlarlo?
Y espero que se me entienda bien: Aquí no se trata de defender prebendas, ni impedir verificaciones. Se trata mostrar la irracionalidad del monto que se pretende extraer y de la falta de lógica que sea de manera intempestiva y con retroactividad.
Mucho me gustaría escuchar los argumentos de la secretaría que desmientan mis comentarios y justifiquen esta decisión. Con todo gusto me retractaré ante argumentos convincentes. Mientras, disculpen...pero algo no está bien, y hay que decirlo.
Al fin, parecería que estamos transformando un régimen de promoción para el desarrollo de software, en uno de promoción de contadores, trasladando los beneficios de una ley claramente industrialista a un sector netamente de control.
Y eso reitero, discúlpen, pero no está bien
Publicado por Carlos Pallotti el Miércoles 14 de Julio de 2010
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