El jueves AFSCA aprobó concursos públicos para 82 frecuencias de TV Digital Terrestre Abierta en las primeras 8 zonas del país. Se abrirán en abril y mayo, y corresponden a 22 de alta potencia y 60 de baja, con y sin fines de lucro, para Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Tucumán, Resistencia, Formosa, C. Rivadavia y Santa Fe. Hoy se publicaron los PLIEGOS y los LLAMADOS A CONCURSO PÚBLICO.
El jueves pasado, 26 de febrero, el Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) aprobó los primeros concursos públicos para 82 frecuencias de Televisión Digital Terrestre Abierta en las primeras 8 zonas del país. Se abrirán en los meses de abril y mayo, y corresponden a 22 de alta potencia y 60 de baja, con y sin fines de lucro, para la Zona Metropolitana de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Tucumán, Resistencia, Formosa, Comodoro Rivadavia y Santa Fe. En el Boletín Oficial del día de hoy (páginas 15 en adelante, ver aquí) se publicaron los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES; y los LLAMADOS A CONCURSO PÚBLICO correspondientes, como Resolución AFSCA 39/15.
Además, las autoridades de AFSCA anunciaron que en los próximos días se enviará para su revisión a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) los planes técnicos de otras 12 localidades, con el objetivo de continuar con el ordenamiento de la totalidad de los lugares del país donde hay Televisión Digital Abierta.
El cronograma de concursos se desarrollará en las siguientes fechas y lugares: para las frecuencias de alta potencia, el 6 de abril en AMBA, 7 de abril en Córdoba, 8 de abril en Tucumán y Comodoro Rivadavia, 9 de abril en Santa Fe y Formosa, y 10 de abril en Mendoza y Resistencia. Mientras que para las de baja serán del 5 al 13 de mayo en AMBA, 14 de mayo en Córdoba y Santa Fe; 15 de mayo en Mendoza; 18 de mayo en Comodoro Rivadavia y Tucumán, y el 19 de mayo en Formosa y Resistencia.
También se aprobó el Plan de Ordenamiento de la banda UHF, mediante el cual se reubicará a los licenciatarios que tuvieran asignadas frecuencias en esta banda, que estaba siendo utilizada para servicios de UHF codificados, y que es necesaria para el desarrollo de la TV Digital Terrestre.
De este modo, se continúa avanzando con la implementación del plan de desarrollo de la Televisión Digital Terrestre Abierta, surgido del Decreto 2456/2014, que se elaboró luego de cumplir con los diferentes pasos que establece la ley, como la realización de una audiencia pública.
Asimismo se aprobó el Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digital para Titulares de Licencias y Autorizaciones, SEGÚN EL CUAL SE OTORGA A CADA LICENCIATARIO DE TV ANALÓGICA PREEXISTENTE, DE LAS LOCALIDADES PLANIFICADAS, EL CORRESPONDIENTE CANAL DIGITAL PARA QUE PUEDA OPERAR EN LA BANDA UHF (ver el detalle más abajo). Se realiza en el marco de lo establecido en el art. 93 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que garantiza a los licenciatarios preexistentes las mismas condiciones para la TV digital.
En el marco de la implementación integral del plan de desarrollo de la TV Digital Abierta Terrestre, el directorio de AFSCA aprobó además, en esta primera etapa, la ASIGNACIÓN DE CANALES DIGITALES A 9 UNIVERSIDADES NACIONALES, 9 GOBIERNOS PROVINCIALES Y 8 A LA IGLESIA CATÓLICA ARGENTINA (ver el detalle más abajo). En el Boletín Oficial del día de hoy (páginas 87 en adelante, ver aquí) se publicó la Resolución AFSCA 41/2015, que dispone que para formalizar las solicitudes para la instalación, funcionamiento y explotación del servicio deberán presentar la “Planilla Única para Autorizaciones del Servicio de Televisión Digital Terrestre Abierta”, incluida en esa resolución como anexo.
En el reordenamiento de la banda de frecuencias digitales trabaja la AFSCA junto al Comité Regulatorio Conjunto Permanente, creado por la ley 26.522 e integrado por la CNC y la Secretaría de Comunicaciones; y el Consejo Asesor de la Televisión Digital Terrestre, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
El viernes pasado, 27 de febrero, se publicaron en las páginas 41 al 56 (ver aquí) del Boletín Oficial las siguientes resoluciones del AFSCA:
Resolución 24/2015 : PLAN TECNICO DE FRECUENCIAS PARA TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA: APRUEBASE EL “PLAN TECNICO DE FRECUENCIAS PARA TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA DE LAS LOCALIDADES QUE CORRESPONDEN AL AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES Y LAS CIUDADES DE CORDOBA, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; SANTA FE, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; MENDOZA, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; FORMOSA, DE LA PROVINCIA HOMONIMA; RESISTENCIA, DE LA PROVINCIA DE CHACO; COMODORO RIVADAVIA, DE LA PROVINCIA DE CHUBUT Y SAN MIGUEL DE TUCUMAN, DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN. (Ver planes Técnicos al final).
Resolución 25/2015 : TITULARES DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL: LOS TITULARES DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO CODIFICADO EN LA BANDA DE UHF, CUYAS LICENCIAS SE ENCUENTREN VIGENTES Y QUE POSEAN CANALES ASIGNADOS EN LA BANDA DE FRECUENCIAS COMPRENDIDAS ENTRE 470 Y 608 MHZ. (CANALES 14 A 36) PODRAN CONTINUAR OPERANDO LOS MISMOS EN FORMA PRECARIA Y PROVISORIA CON TECNOLOGIA ANALOGICA O DIGITAL HASTA LA FECHA PREVISTA POR EL ART. 4° DEL DECRETO N° 1148/09 (o sea 31/8/2019), CON EXCEPCION DE AQUELLOS CANALES QUE —CONFORME LO DISPONGA ESTA AUTORIDAD FEDERAL— SE UTILICEN PARA PRESTAR LOS SERVICIOS DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA (TDTA).
Resolución 26/2015 : ASIGNACION – SUSTITUYESE: SUSTITUYESE LA ASIGNACION EN LOS CANALES 27, 29 Y 31, EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO EN LA BANDA DE UHF, CUYA LICENCIA FUERA ADJUDICADA, EN VIRTUD DE LAS RESOLUCIONES NROS. 490-COMFER/07 Y 485-COMFER/10, A LA FIRMA CUYO SERVYCOM SOCIEDAD ANONIMA, EN LA ZONA GRAN MENDOZA, PROVINCIA DE MENDOZA, POR LOS CANALES 26, 32 Y 34 EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, RESPETANDO LA CATEGORIA ORIGINARIAMENTE ASIGNADA, Y SOLO EN FORMA PRECARIA Y PROVISORIA.
Resolución 27/2015 : ASIGNACION – CANCELASE: CANCELASE LA ASIGNACION DEL CANAL 35, EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO EN LA BANDA DE UHF, EN LA LOCALIDAD DE LUN-LUNTA, PROVINCIA DE MENDOZA, CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A LA FIRMA TRINIDAD TELEVISION SOCIEDAD ANONIMA, DE CONFORMIDAD CON LAS RESOLUCIONES NROS. 793-COMFER/92 Y 838-COMFER/95.
Resolución 28/2015 : ASIGNACION – SUSTITUYESE: SUSTITUYESE LA ASIGNACION EN LOS CANALES 23, 25, 27 Y 29, EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO CUYA LICENCIA FUERA ADJUDICADA POR RESOLUCION N° 353-COMFER/94 AL SEÑOR JUAN CARLOS JOSE VOLPATO, EN LA CIUDAD DE SAN JUSTO, PROVINCIA DE SANTA FE, POR LOS CANALES 38, 39, 40 Y 42 EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, RESPETANDO LA CATEGORIA ORIGINARIAMENTE ASIGNADA.
Resolución 29/2015 : ASIGNACION – SUSTITUYESE: SUSTITUYESE LA ASIGNACION DE LOS CANALES 23, 25, 27, 29 Y 31, EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO CUYA LICENCIA FUERA ADJUDICADA POR RESOLUCIONES N° 767-COMFER/92 Y N° 609-COMFER/00 A LA FIRMA TELEVISION MULTICANAL CODIFICADA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EN LA CIUDAD DE MANFREDI, PROVINCIA DE CORDOBA, POR LOS CANALES 38, 39, 40, 42 Y 44 EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, RESPETANDO LA CATEGORIA ORIGINARIAMENTE ASIGNADA.
Resolución 30/2015 : ASIGNACION – SUSTITUYESE: SUSTITUYESE LA ASIGNACION DE LOS CANALES 23, 25, 27, 29 Y 31, EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO CUYA LICENCIA FUERA ADJUDICADA POR RESOLUCION N° 999-COMFER/93 A LA FIRMA TELEVISION POR CABLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EN LA CIUDAD DE JESUS MARIA, PROVINCIA DE CORDOBA, POR LOS CANALES 38, 39, 40, 43 Y 44 EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, RESPETANDO LA CATEGORIA ORIGINARIAMENTE ASIGNADA.
Resolución 31/2015 : ASIGNACION – SUSTITUYESE: SUSTITUYESE LA ASIGNACION EN LOS CANALES 24 Y 28, EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO FISICO, CON AMPLIACION A SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO EN LA BANDA DE UHF, CUYA LICENCIA FUERA ADJUDICADA POR RESOLUCIONES N° 129 COMFER/89 Y N° 964-COMFER/93 A LA FIRMA SAN VICENTE CABLE Y TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EN LA CIUDAD DE SAN VICENTE, PROVINCIA DE SANTA FE, POR LOS CANALES 38 Y 41 EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, RESPETANDO LA CATEGORIA ORIGINARIAMENTE ASIGNADA.
Resolución 32/2015 : ASIGNACION – SUSTITUYESE: SUSTITUYESE LA ASIGNACION EN LOS CANALES 22, 24, 28 Y 30, EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO CUYA LICENCIA FUERA ADJUDICADA POR RESOLUCION N° 770-COMFER/93 Y 65-COMFER/09 A LA FIRMA CANAL DEL VIENTO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EN LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, PROVINCIA DEL CHUBUT, POR LOS CANALES 39, 41, 43 Y 45 EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, RESPETANDO LA CATEGORIA ORIGINARIAMENTE ASIGNADA.
Resolución 33/2015 : ASIGNACION – CANCELASE: CANCELASE LA ASIGNACION DEL CANAL 26 EN LA BANDA DE UHF OPERADO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, DE LA LOCALIDAD DE SAN JUSTO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A LA FIRMA TELECENTRO SOCIEDAD ANONIMA, DE CONFORMIDAD CON LAS RESOLUCIONES NROS. 562 Y 825-COMFER/90; 310-COMFER/91; 273 Y 796-COMFER/92; Y 868-COMFER/95.
Resolución 34/2015 : ASIGNACION – CANCELASE: CANCELASE LA ASIGNACION DEL CANAL 27, EN LA BANDA DE UHF, CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION POR VINCULO RADIOELECTRICO EN LA BANDA DE UHF CODIFICADO, EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A LA FIRMA TELEPIU SOCIEDAD ANONIMA, DE CONFORMIDAD CON LAS RESOLUCIONES NROS. 28-COMFER/99, 245-AFSCA/10 Y 322-AFSCA/10.
Resolución 35/2015 : TITULARES DE LICENCIAS DE SERVICIOS DE TELEVISION ABIERTA ANALOGICA: ASIGNASE A LOS TITULARES DE LICENCIAS DE SERVICIOS DE TELEVISION ABIERTA ANALOGICA CONSIGNADAS EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE, EN CARACTER DE LICENCIATARIOS OPERADORES CONFORME LA DEFINICION CONTENIDA EN LA NORMA NACIONAL DE SERVICIO APROBADA POR RESOLUCION N° 1047-AFSCA/14 Y SU MODIFICATORIA N° 1329-AFSCA/14, LOS CANALES DIGITALES DE TELEVISION Y SUS PARAMETROS TECNICOS QUE EN CADA CASO SE DETALLAN, DE ACUERDO A LOS CANALES RADIOELECTRICOS QUE ALLI SE DEFINEN, PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA.
Resolución 36/2015 : GOBIERNOS PROVINCIALES – ASIGNASE:
ASIGNASE A LOS GOBIERNOS PROVINCIALES CONSIGNADOS EN EL ANEXO I (CHACO, MENDOZA, FORMOSA y CHUBUT), EN CARACTER DE AUTORIZADOS OPERADORES CONFORME LA DEFINICION CONTENIDA EN LA NORMA NACIONAL DE SERVICIO, LOS CANALES DIGITALES DE TELEVISION Y SUS PARAMETROS TECNICOS QUE EN CADA CASO SE DETALLAN, PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA.
ASÍGNASE A LOS GOBIERNOS PROVINCIALES CONSIGNADOS EN EL ANEXO II (CABA, BUENOS AIRES, CÓRDOBA, SANTA FE Y MENDOZA), EN CARÁCTER DE AUTORIZADOS CONFORME LA DEFINICIÓN CONTENIDA EN LA NORMA NACIONAL DE SERVICIO, LOS CANALES DIGITALES DE TELEVISIÓN Y SUS PARÁMETROS TÉCNICOS QUE EN CADA CASO SE DETALLAN, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE ABIERTA.
Resolución 37/2015 : UNIVERSIDADES NACIONALES – ASIGNASE: ASIGNASE A LAS UNIVERSIDADES NACIONALES CONSIGNADAS EN EL ANEXO I (FORMOSA, LITORAL, CUYO Y PATAGONIA), EN CARÁCTER DE AUTORIZADOS OPERADORES CONFORME LA DEFINICION CONTENIDA EN LA NORMA NACIONAL DE SERVICIO, LOS CANALES DIGITALES DE TELEVISION Y SUS PARAMETROS TECNICOS QUE EN CADA CASO SE DETALLAN, PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA.
ASÍGNASE A SERVICIOS DE RADIO Y TELEVISIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA SOCIEDAD ANÓNIMA Y A TELEVISORA DE TUCUMÁN SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA, EN CARÁCTER DE AUTORIZADOS OPERADORES POR SÍ O AGRUPADOS, CONFORME LA DEFINICIÓN CONTENIDA EN LA NORMA NACIONAL DE SERVICIO, LOS CANALES DIGITALES DE TELEVISIÓN Y SUS PARÁMETROS TÉCNICOS QUE EN CADA CASO SE DETALLAN EN EL ANEXO II, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE ABIERTA.
ASÍGNASE A LAS UNIVERSIDADES NACIONALES CONSIGNADAS EN EL ANEXO III (UBA, UNT Y UNC), EN CARÁCTER DE AUTORIZADOS CONFORME LA DEFINICIÓN CONTENIDA EN LA NORMA NACIONAL DE SERVICIO, LOS CANALES DIGITALES DE TELEVISIÓN Y SUS PARÁMETROS TÉCNICOS QUE EN CADA CASO SE DETALLAN, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE ABIERTA.
Resolución 38/2015 : IGLESIA CATOLICA ARGENTINA:
SUSTITUYASE LA ASIGNACION EFECTUADA A LA IGLESIA CATOLICA ARGENTINA, MEDIANTE EL ARTICULO 2° DEL DECRETO N° 1314/2001, MODIFICATORIO DE SU SIMILAR N° 769/2000, A TRAVES DEL CUAL SE LE OTORGARA AUTORIZACION PARA LA INSTALACION Y OPERACION DE UN SERVICIO DE TELEVISION ABIERTA CON EMPLAZAMIENTO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, POR EL CANAL DIGITAL DE TELEVISION Y SUS PARAMETROS TECNICOS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA.
ASÍGNASE A LA IGLESIA CATÓLICA ARGENTINA LOS CANALES DIGITALES DE TELEVISIÓN Y SUS PARÁMETROS TÉCNICOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE ABIERTA, CONSIGNADOS EN EL ANEXO I
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Es evidente que, a partir de las asignaciones concretadas el viernes pasado y los pliegos y llamados a concursos publicados hoy, la demanda de expertos en TV DIGITAL va a crecer de manera muy notable. Por esa razón NO PIERDAS TIEMPO….INSCRIBITE YA en el Programa de Posgrado en Plataformas de TV Digital (UBP)
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El 26 de febrero, o sea el jueves pasado, la FCC votó que la Internet sea de ahora en más un Servicio Público ó Básico. ¿Qué significa? Que deja de ser considerado un Servicio de Información y pasa a ser un Servicio de Telecomunicaciones. Esto permite que se puedan aplicar las regulaciones que impedirán que los operadores hagan convenios que beneficien a algunos proveedores de contenidos, típicamente OTTs, frente a otros. O sea que no podrán retardar la velocidad de acceso en forma discriminatoria. Es decir que se refuerza la Neutralidad de Red.
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PLAN TÉCNICO TV DIGITAL TERRESTRE ABIERTA,
publicado el viernes pasado como anexo de la Resolución AFSCA 24/2015
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Publicado por Luis Valle el Lunes 2 de Marzo de 2015
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